La Junta aprueba y registra la modificación de estatutos
Redacción 24/08/2024 |
El Club Deportivo Universidad de Málaga, inscrito en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED), ha presentado en fechas recientes, en la Delegación territorial de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de Málaga, una solicitud de modificación de sus estatutos para su adaptación, preceptiva, a lo dispuesto en el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Examinada dicha solicitud, y comprobado su ajuste a la normativa deportiva andaluza, se ha procedido a la aprobación e inscripción de dichos estatutos en el RAED, por lo que el Club retira el recurso de alzada que tenía interpuesto contra la resolución de la Junta de no admitir esa inscripción debido a subsanaciones pendientes.
Con este trámite, el Club, que ya estaba debidamente inscrito en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de la Junta de Andalucía desde el 1 de julio de 1988, actualiza y adapta sus estatutos a la normativa vigente desde 2022, como se venía requiriendo.
Durante este proceso, desde la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía se ha prestado toda la colaboración y asesoramiento disponibles al Club y a la Universidad de Málaga, para solventar los trámites pendientes, sin que en ningún momento el procedimiento de adaptación estatutaria impidiera, por parte del Gobierno andaluz, la realización de sus actividades ni tuviera efecto alguno en la paralización de la dinámica del Club determinada de forma unilateral por la Universidad de Málaga el pasado 12 de febrero.
La Junta no ha interferido en la actividad del Club Deportivo
El 13 de septiembre de 2023 fue cuando el CD Universidad de Málaga registró en la Delegación territorial de Turismo, Cultura y Deporte un escrito y documentación para la adaptación de los estatutos de la entidad, solicitando la inscripción de dicha modificación estatutaria en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Entonces se inició el procedimiento y se requirió a la citada entidad la documentación exigible en el marco del proceso de adaptación estatutaria.
En noviembre del mismo año se requirió al Club para que subsanase la documentación presentada por no ajustarse la misma a la normativa vigente, pero al no hacerlo correctamente, el 11 de diciembre de 2023 la Delegación de Turismo, Cultura y Deporte resuelve dar por desistida la solicitud de inscripción presentada para la modificación de estatutos en el RAED.
En ningún momento del procedimiento se declara la cancelación de la inscripción del Club Deportivo Universidad de Málaga tal y como el Rectorado sostiene en su Resolución decretando la suspensión de actividades en febrero de 2024.
La Junta de Andalucía de ninguna manera obliga o indica que la actividad del club debe cesar; ni siquiera cuando el 18 de enero de 2024 se recibe en la Delegación territorial recurso de alzada interpuesto por el Club contra el desistimiento de la solicitud de inscripción de la adaptación de estatutos presentada por la Entidad; ya que el procedimiento administrativo es ajeno e independiente al normal funcionamiento de las actividades del CD Universidad de Málaga.
Dicho recurso de alzada en absoluto tiene los efectos jurídicos que el Rectorado de la Universidad de Málaga decretó en febrero, ya que no suspende las actividades o decisiones mientras se resuelve el recurso.
Finalmente, y tras la dar respuesta a las subsanaciones requeridas por la Delegación de Turismo, Cultura y Deporte, el CD Universidad de Málaga ha podido inscribir la modificación de los estatutos y ha decidido retirar el recurso de alzada interpuesto, por lo que no cabe justificación por parte del Rectorado en base a este procedimiento en concreto para mantener su decisión de suspender las actividades del citado club, sobre el que tiene todas las competencias.
La Ley otorga a las universidades autonomía para autogobernarse en sus asuntos jurídicos y financieros sin intervención externa. Esto les permite tomar decisiones relacionadas con la contratación de servicios y la gestión de recursos de manera independiente.
Fuente: UMA ANTEQUERA
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